Normativa para tratamientos de madera

Normativa de tratamiento de la madera

En Diset control de plagas realizamos tratamientos de la madera bajo las normativas y requerimiento legales específicos para el tratamiento de la madera.

Atención al cliente

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Requisitos

N

Inscrita en la ROESP

La empresa debe estar inscrita en el registro oficial de servicios y establecimientos plaguicidas de Cataluña.

N

Uso de biocidas

La empresa debe estar autorizada para el uso de biocidas TP8 protectores de la madera.

N

Formación

Acreditar una formación específica de su personal, tanto de los aplicadores, como de los responsables Técnicos.

N

Vigencia del registro

Control de la vigencia del registro de los productos a utilizar y mantener actualizadas la fichas técnicas y de seguridad de los productos.

N

Documentación

Aportación de la documentación informativa del tratamiento tanto previo como posterior, donde se indicaran, productos, técnicas y medidas de seguridad a cumplir.

N

Aplicadores

Mantener en vigencía las licencias del personal específico que plica los plaguicidas según RD830/2010.

Código técnico de la edificación CTE

El CTE es la normativa que se aplica en los tratamientos de la madera. El CTE indica que la madera que se incorpora a una edificación y que está sometida a acciones o cargas permanentes, debe recibir un tratamiento en función de la clase de uso en la que se ubique el elemento.

La durabilidad de una estructura depende, en gran medida, del diseño constructivo y de la durabilidad natural, aunque en algunos casos es necesario añadir un tratamiento.

La madera puede sufrir daños causados por agentes bióticos y abióticos. El objetivo de la protección preventiva de la madera es mantener en un nivel aceptable la probabilidad de sufrir daños. Los elementos estructurales deben estar protegidos de acuerdo a la clase de uso a la que pertenecen.

 

Especialistas en madera

Los tratamientos de la madera los pueden realizar técnicos especialistas en tratamientos con productos protectores de la madera, biocidas TP8, que no estén clasificados como muy tóxicos, ni que sean o generen gases, según el R.D. 830/2010 de 25 de junio.

Los técnicos aplicadores deben disponer del carné o certificado que los acredita con la cualificación según los requisitos que indica el Real Decreto. Además, la certificación es válida para todo el territorio español. Este curso está homologado por la Consejería de Sanidad y el Departamento de Salud Pública.

 

Contacto

Tel: 934280206
info@disetcontroldeplagas.com

Horario

9 h – 20 h Lun-Vier

Oficinas

C/Can travi, 47, local 7
08038, Barcelona

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